El CREE es el impuesto de la equidad y se creó para garantizar programas sociales fundamentales como el SENA, el ICBF y el sistema de salud. Si bien a primera vista podría parecer que el efecto es similar, y que el Estado elimina unos impuestos sólo para generar otros, la diferencia fundamental es que el CREE no grava la generación de empleo, sino las utilidades de las empresas. Por esta razón, establece condiciones más favorables para que las empresas creen nuevos puestos de trabajo sin incurrir en costos demasiado elevados, y a la vez que el sector informal tenga un aliciente económico para formalizar a sus empleados y que de este modo éstos puedan acceder a los servicios sociales que brinda el Estado y a los cuales no tienen acceso en el sector informal.
En la última reforma tributaria (Ley 1607 de 2012), el Congreso redujo del 33% al 25% a las empresas el impuesto sobre la renta y al mismo tiempo las eximió –hasta diez (10) SMLV- de la obligación de hacer los aportes parafiscales al SENA, ICBF y a Salud. Sin embargo, para compensar esta eliminación y garantizar el presupuesto de estas entidades tan importantes para la política social, estableció el nuevo impuesto sobre la renta para la equidad, CREE.
Si bien a primera vista podría parecer que el efecto es similar, y que el Estado elimina unos impuestos sólo para generar otros, la diferencia fundamental es que el CREE no grava la generación de empleo, sino las utilidades de las empresas. Por esta razón, establece condiciones más favorables para que las empresas creen nuevos puestos de trabajo sin incurrir en costos demasiado elevados, y a la vez que el sector informal tenga un aliciente económico para formalizar a sus empleados y que de este modo éstos puedan acceder a los servicios sociales que brinda el Estado y a los cuales no tienen acceso en el sector informal.
Con el pago del CREE, los empresarios están ayudando a financiar la salud y educación de los colombianos y el bienestar de nuestros niños. Además, al no gravar la nómina como los parafiscales sino las utilidades de las empresas, promueve el empleo y por ende el progreso de millones de colombianos ¿Quiénes tienen que pagar el CREE?
Las empresas que pagan el impuesto a la renta son también responsables del nuevo impuesto del CREE.
Por tanto, debe pagar el CREE si es contribuyente del impuesto sobre la renta y es:
* Sociedad
* Persona jurídica y asimilada
2. ¿Quiénes no deben pagar el CREE?
Las personas naturales y las entidades sin ánimo de lucro son algunos de los principales grupos que no están sujetos al pago de este impuesto.
Por tanto, no debe pagar el CREE si es:
- Persona natural.
- Entidad sin ánimo de lucro.
- Sociedad declarada como zona franca al 31 de diciembre de 2012 o que hubiere radicado solicitud hasta esa misma fecha.
- Usuario de zona franca y que se encuentre sujeta a la tarifa especial del impuesto sobre la renta y complementarios del 15% establecida en el artículo 240-1 ET.
- No hayan sido previstos en la ley de manera expresa como sujetos del CREE.
3. ¿Si la empresa no tiene empleados y no paga parafiscales, debe pagar CREE?
- Si. El CREE es un impuesto que todas las empresas contribuyentes del Impuesto sobre la Renta deben pagar sobre sus ingresos susceptible de incrementar su patrimonio.
- La DIAN ha realizado un esfuerzo para brindarle toda la información y las herramientas necesarias para la declaración y pago del a través de múltiples medios. Por favor consulte:
- La Página web de la DIAN www.dian.gov.co
- Chat Virtual en la Página Web
- Puntos de Contacto DIAN
- Contact Center línea No 01 800 129080
5. ¿El CREE es un impuesto diferente al impuesto de renta?
Sí, el CREE es un impuesto diferente. El Impuesto sobre la Renta para la Equidad, CREE es un tributo de destinación específica para la financiación de programas de inversión social, como el SENA y del ICBF. Surgió para garantizar el presupuesto de estas entidades ante la eliminación de los parafiscales que hacían más costoso el empleo formal de calidad.
Sin embargo, son muy distintos. El CREE lo pagan sólo las personas jurídicas contempladas en la Ley a diferencia del Impuesto sobre la Renta que lo pagan tanto personas naturales como jurídicas. Además, el CREE tiene una base gravable mayor al impuesto de renta. Por último, ambos tributos tienen tarifas distintas.
6. ¿Cuál es la tarifa del CREE?
Es del 9% para los años 2013, 2014 y 2015 y del 8% para los siguientes años. ¿Cuál es el impacto del CREE en las empresas?
La reforma busca promover el empleo y la equidad. Las empresas que emplean más cantidad de mano de obra ven reducidos los costos asociados a su nómina.
7. ¿Qué plazo tengo para declarar el CREE?
El CREE se pagará en dos cuotas iguales. La declaración y pago de la primera cuota (50%) Y el pago de la segunda cuota (50%)
La fecha límite de pago exacta para cada empresa se establece de acuerdo con el último dígito del NIT del declarante que conste en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación. (Ver calendario del CREE)
8. ¿Qué pasa si no lo pago a tiempo? ¿Cuál es la sanción?
Si presenta la declaración sin pago dentro del plazo establecido para declarar y pagar, ésta se tiene como no presentada y deberá volverla a presentar liquidando sanción por extemporaneidad establecida en el artículo 641 del Estatuto Tributario y los intereses moratorias a que haya lugar.
La sanción mínima para este año gravable es de doscientos setenta y cinco mil pesos ($275.000) mc/te.
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